Franqueo

El franqueo determina quién asume los gastos de transporte de una remesa y regula la posibilidad de riesgo de las mercancías. Se acuerda entre el remitente y el destinatario. La forma más común de franquear es hacerlo con un sello. En el transporte de mercancías, la asunción de los costes se especifica en la impresión de franqueo pagado. Algunos de estos costes ya están regulados en las respectivas condiciones generales de contratación, pero puede ser útil acordar la asunción de los costes de manera diferente en una impresión de franqueo pagado.

Se hace una distinción entre dos tipos de franqueo: “transporte pagado” o ” porte por cobrar”. En el caso del franqueo gratuito, el remitente de la mercancía paga el coste de la entrega, y en el caso de la entrega no gratuita, el destinatario asume el coste.

Las siguientes entregas son generalmente comunes:

  • Flete por cobrar: el destinatario paga los costes. El contrato de compra, las condiciones de entrega u otros acuerdos especifican los detalles.
  • En fábrica: El destinatario hace recoger la mercancía de fábrica o debe pagar los gastos de transporte. Los detalles se acuerdan entre el remitente y el destinatario.
  • Entrega a lugar gratuito de uso: El remitente asume los gastos de transporte de la mercancía hasta el destinatario.
  • Entrega gratuita de uso: El remitente corre con los gastos de transporte de la mercancía al lugar de uso previamente definido por el destinatario.
  • Entrega gratuita hasta el lugar más cercano: El remitente entrega la mercancía al destinatario de forma gratuita, pero la coloca en el lugar más cercano a la puerta de entrada.

Franqueo e INCOTERMS

El franqueo regula principalmente la asunción de los gastos de transporte, pero también la transferencia del riesgo, es decir, la transferencia del riesgo de transporte y las garantías jurídicas asociadas, es decir, quién es responsable y en qué medida en caso de daño o pérdida de la mercancía. Esto, así como la imputación de otros gastos de seguro o la tramitación de otros documentos de transporte (por ejemplo, el despacho de aduanas), deben acordarse entre el remitente y el destinatario del envío.

Por lo tanto, los llamados INCOTERMS, Términos Comerciales Internacionales, suelen añadirse al franqueo. Éstos se estructuran según un esquema específico y regulan la asunción de los costes de transporte y la transferencia del riesgo. En el transporte internacional es práctica común acordar INCOTERMS adicionales para una entrega.

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